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Descargar :  Circular n°004/GR/2022 (PDF, 2 885 Ko)

La BEAC (Banco de los Etados de Africa Central) ha publicado a la atención de las Entidades Bancarias de la CEMAC (Comunidad Económica y Monetaria de África Central) la Circular n°004/GR/2022 , en la que se especifican las condiciones y modalidades de uso de los medios de pagos electrónicos fuera de la Zona CEMAC.

Para cumplir con la nueva Circular n°004 de la BEAC sobre los pagos electrónicos fuera de la zona CEMAC, siga las siguientes instrucciones, para evitar la suspensión de su tarjeta:

  1. El portador de la tarjeta debe ser el titular de la cuenta.
  2. Los justificantes de las operaciones realizadas fuera de la zona CEMACque superen el límite de 5.000.000 XAF (cinco millones) persona y viaje deben presentarse en un plazo máximo de 30 días.

NOTA: Le recordamos que la falta o incumplimiento de los requisitos previamente citados, antes o después de su viaje, fuera de la zona CEMAC, supondrá la suspensión de su medio de pago electrónico.

Para más información puede usted contactar al:

Descargar :  Circular n°004/GR/2022 (PDF, 2 885 Ko)